Proveer apoyo a los colaboradores del Club (Funcionarios, Caddies, empleados de las concesiones*) que deban incurrir en gastos recurrentes de transporte para la atención en salud de enfermedades propias o de sus hijos que requieran constantes traslados a Bogotá.
Requisitos
-Todos los Colaboradores del Club y la Agrupación (Funcionarios, Caddies, empleados de las concesiones)
– Diagnostico médico del paciente, emitido por la EPS.
-Orden de tratamiento en la que se mencione el tiempo que dura el tratamiento, la periodicidad y lugar de atención.
-Solicitud de apoyo dirigido a la Fundacion, incluyendo los gastos que se generan por concepto de transportes para el tratamiento.
Condiciones
-Aplica para tratamientos que impliquen el traslado hacia Bogotá en 2 o más ocasiones a la semana.
-La fundación entregaría como auxilio, hasta el 70%, por cada semana de tratamiento hasta por 6 meses.
– Este auxilio no aplica para tratamientos estéticos ni de ortodoncia.